TRIBUNAL DE ÉTICA MEDICA DEL CESAR

Requisitos Antecedentes

  1. Solicitud escrita y FIRMADA por parte del interesado dirigida al Tribunal de Ética Médica del Cesar, con el número de la cédula y el número del registro médico o tarjeta profesional, en donde explique el destino que le va a dar (estudios o trabajo)Si no está firmada la carta no se tramite a la solicitud.
  2. Fotocopia clara y legible de la cédula ciudadanía.
  3. Fotocopia clara y legible de la Tarjeta profesional/Registro Médico
  4. Fotocopia del Acata de grado y diploma.
  5. Si no tiene Tarjeta Profesional por no haberla tramitado o no haber ejercido en Colombia, debe anexar copia del acta de grado.
    NOTA: Para este caso específico este informe sale diferente por lo cual no se certifica los antecedentes disciplinarios.

Esta solicitud tiene un costo de $20.000 mcte y puede tramitarse a través de correo electrónico con los anteriores documentos escaneados. Una vez radicados los documentos, verifique en su correo el acuse de recibo. El informe se expide en tres (3) días hábiles.

Horario de atención al público: de 8:00 a.m. a 5:00 p.m, de lunes a viernes.

Si después de seis (6) meses de expedido el informe de antecedentes NO es reclamado, será destruido y debe solicitarlo nuevamente.

Horario de atención de 8:00 AM a 12:00 PM y 2:00 PM a 6:00 PM.

 

Funciones de los Magistrados

Son funciones generales de los Magistrados:

a) Mantener actitudes éticas, morales, de cortesía y protocolo en todas las actuaciones individuales, acordes con su dignidad de Magistrado del TRIBUNAL DE ÉTICA MEDICA DEL CESAR.
b) Ser solidario y coherente con los pronunciamientos oficiales del Tribunal.
c) Mantener la reserva de todos los aspectos y de la información que se maneje durante los procesos y el contenido de los expedientes.
d) Prepararse para cumplir con eficiencia las funciones propias del Tribunal.
e) Mantenerse actualizado en organización, legislación, ética, nacionales e internacionales inherentes a la profesión.
lo relacionado con historia y políticas en las actividades.
f) Asumir las funciones propias de instructor o Ponente cuando se lo designe como tal.
E) Justificar por escrito ante la Secretaría las ausencias a las sesiones del Tribunal por lo menos ocho días antes de la fecha de la sesión, a excepción de aquellas situaciones de caso fortuito o fuerza mayor que deberá comunicar en el momento oportuno.
h) Asistir puntualmente a las reuniones de la sala plena y la sala probatoria tanto ordinaria como extraordinaria.
i) Las demás funciones inherentes al careo de MAGISTRADO del TRIBUNAL DE ÉTICA MEDICA DEL CESAR.

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